ELECTOPEDIA — TRANSCRIPCIÓN CONSULTABLE TEPJF · 🔴 #EnVivo Sesión Pública de la Sala Superior del TEPJF 05/08/2026 miércoles, 5 de agosto de 2026 Fuente oficial: https://www.youtube.com/watch?v=d9XjykXdTKc Transcripción automatizada y no oficial. Verifique cada cita en la transmisión institucional enlazada. --- [00:02:37] Voz 1 Como siempre, muchas gracias por acompañarnos en esta transmisión. Hoy la sesión pública será por videoconferencia y será a la luz de los principios de legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad y transparencia que las y los magistrados resuelvan los asuntos planteados. Acompáñenos, por favor. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=157.58 [00:03:01] Voz 2 Muy buenas tardes, magistradas, magistrado. Inicia la sesión pública por videoconferencia, convocada para el día de hoy, 5 de agosto del año 2026, siendo las 16 horas con un minuto. Secretario General de Acuerdos, Carlos Hernández Toledo, le solicito que por favor verifique usted el quórum legal y nos dé la cuenta de los asuntos que se encuentran listados. Magistrado Presidente, le informo que hay quórum para sesionar. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=181.32 [00:03:26] Voz 3 Ya que están presentes en la videoconferencia cuatro magistraturas que integran el pleno de esta Sala Superior. Los asuntos listados son 21 medios de impugnación que corresponden a 20 proyectos de resolución, cuyos datos de identificación fueron publicados en los avisos de sesión de esta Sala Superior, precisando que el juicio de la ciudadanía 429 de este año ha sido retirado. Estos son los asuntos, magistrado presidente, magistradas, magistrado. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=206.3 [00:03:53] Voz 2 Gracias, secretario. Magistrados, magistrados, si estuvieran de acuerdo con el orden del día, le solicito que lo manifestemos en manera económica, por favor. Se aprueba el orden del día, secretario. Pasaremos ahora, magistraturas, a la cuenta de los proyectos, del proyecto de mi ponencia, por lo que le solicito a nueva cuenta, secretario, que nos dé usted la cuenta correspondiente. Adelante. Enseguida, presidente. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=233.14 [00:04:21] Voz 3 Doy cuenta con el proyecto de sentencia correspondiente al juicio de la ciudadanía 434 del presente año, mediante el cual la persona promovente impugna el oficio emitido por la Dirección Ejecutiva del Servicio Profesional Electoral Nacional del INE, que validó la puntuación que obtuvo en el examen de conocimientos que presentó como parte del concurso público 2026 en el que participó. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=261.03 [00:04:43] Voz 3 En el proyecto se propone determinar que la responsable actuó dentro del ámbito de sus atribuciones en la revisión del examen, sin que se advierta algún acto de discriminación en su contra. Además, su autoadscripción como persona no binaria no implicaba que se aplicara un criterio benéfico en su favor. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=283.15 [00:04:59] Voz 3 Por otra parte, se considera que la reserva de información no fue arbitraria, ya que tuvo sustento en los lineamientos que rigen el concurso público. Además, no es factible que la Sala Superior analice la pertinencia o idoneidad de los reactivos del examen de conocimientos, pues es criterio reiterado que se tratan de aspectos técnicos que exceden el ámbito de tutela de los derechos político-electorales. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=299.54 [00:05:20] Voz 3 Por último, se califican como inoperantes el resto de los planteamientos por tratarse de afirmaciones genéricas, ambiguas e imprecisas que en modo alguno desvertieron lo determinado por la responsable. Por lo anterior, se propone confirmar el oficio controvertido. ¿Es cuánto, presidente? Muy amable secretario, compañeros magistrados, magistrado, nuestra consideración está en proyecto de la cuenta y les consulto si sobre el mismo existe alguna intervención. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=320.08 [00:05:49] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón, por favor, tiene usted el uso de la voz. Gracias, buenas tardes, magistrado, magistrados. Voy a intervenir en este proyecto de juicio de la ciudadanía 434 de este año porque no coincidió con el razonamiento y tampoco con las conclusiones que se nos proponen. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=349.27 [00:06:11] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón A mi juicio se debió revocar el oficio impugnado, pues no resulta aplicable la reserva de información prevista en los lineamientos del concurso público para efectos del procedimiento de revisión de un examen de conocimientos. A continuación explicaré por qué he llegado a esa conclusión. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=371.37 [00:06:29] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón Recordemos que la persona actora se inscribió como aspirante a ocupar una plaza vacante en el cargo de jefatura del departamento de la Unidad Técnica de Fiscalización del INE y presentó un examen de conocimientos. Así, se publicó el listado de calificaciones obtenidas por las personas aspirantes, en el que la actora obtuvo una puntuación de 7.38, por lo que se le tuvo como no aprobada. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=389.82 [00:06:59] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón Sequeja solicita en el INE la revisión de su examen a fin de descartar que posibles imprecisiones en el instrumento de evaluación hubieran afectado su derecho de acceso al Servicio Profesional Electoral Nacional. El director ejecutivo del SPEN respondió en los siguientes términos. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=419.07 [00:07:20] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón Señaló que de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Interior del INE, la Ley General de Transparencia, el Reglamento en la Materia, también en el artículo 7 de los lineamientos, los instrumentos de evaluación utilizados en el concurso público tienen el carácter de información reservada. Y también señaló que a fin de salvaguardar tal información, se omitió el contenido de los reactivos que integraron al examen de conocimientos. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=440.62 [00:07:52] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón Además, que la persona aspirante respondió incorrectamente 32 reactivos, con base en lo cual se calculó la calificación correspondiente de 7.38, misma que coincide con la calificación publicada en el micrositio del concurso público. Y finalmente, que por las razones anteriores, se determinó confirmar la calificación obtenida. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=472.17 [00:08:17] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón En contra de esa respuesta, la persona aspirante promueve el recurso que ahora se va a resolver. El proyecto de sentencia nos propone considerar como infundados e inoperantes los agravios de la actora por las siguientes razones. Primero, que conforme a los lineamientos del concurso público para el ingreso a cargos y puestos del ESPEN del INE, los instrumentos de evaluación utilizados en el concurso tienen el carácter de información reservada. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=497.1 [00:08:47] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón Segundo, y en razón de lo anterior, es correcto que la autoridad responsable clasifique como reservada la información relacionada con el contenido y las preguntas del examen de conocimiento. Tercero, que ha sido criterio de esta Sala Superior, que tal instrumento es confidencial. Y cuarto, https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=527.44 [00:09:08] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón La parte actora no expone razones suficientes para que este órgano jurisdiccional advierta, al menos de forma indiciaria, una posible ilegalidad de dicha determinación. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=548.46 [00:09:21] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón Como lo señalé, no comparto el razonamiento plasmado en el proyecto. A mi juicio, la manera en que la autoridad condujo la revisión del examen transformó dicha instancia en un mero recurso formal, sin posibilidad real de garantizar una revisión material del examen u obtener una modificación de la calificación. Es decir, lo convirtió en un recurso que no es efectivo y que más bien es ilusorio. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=561.02 [00:09:50] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón El derecho a un recurso efectivo previsto en el artículo 17 constitucional y en el 25, en su numeral primero de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, posee una importancia decisiva para la eficacia de los derechos, pues posibilita el goce y restablecimiento de estos en caso de su vulneración. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=590.06 [00:10:11] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón El componente central del derecho a un recurso efectivo no es la mera existencia de este en la normativa aplicable, sino que sea accesible, idóneo y sobre todo capaz de producir resultados, es decir, que tenga una efectividad. La Corte Interamericana de Derechos Humanos y la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha determinado en múltiples precedentes que la efectividad del recurso es el núcleo mismo de la garantía. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=611.9 [00:10:40] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón En particular, recordemos el caso Castañeda-Gutman contra México, en donde la Corte Interamericana destacó que el derecho a un recurso efectivo no solo implica la posibilidad de presentar una inconformidad, sino la existencia de un mecanismo con potencial real para cambiar el resultado de la decisión impunada. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=640.01 [00:11:02] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón Dicho de otro modo, el recurso debe ser idóneo, efectivo y capaz de producir el resultado para el cual fue concebido. En estas tres características descansa la posibilidad de reparar efectivamente el derecho violado y ninguna de ellas puede afirmarse o predicarse de manera aislada, sino que dependen en su conjunto del funcionamiento real del sistema. Esta dimensión de la efectividad resulta especialmente relevante en los concursos públicos. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=662.7 [00:11:32] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón En los procesos de selección y oposición, donde la discrecionalidad de los órganos calificadores, sobre todo en etapas previas a la decisión final, no puede convertirse en un obstáculo para el ejercicio del derecho de defensa, de acceso a la justicia y de un recurso efectivo en lo particular. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=692.4 [00:11:53] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón El reconocimiento de un recurso efectivo exige entonces que el participante tenga acceso a los elementos necesarios para cuestionar la corrección de la evaluación realizada. Ello, a mi parecer, incluye tanto los resultados del examen presentado como las respuestas que fueron incorrectas, los criterios de calificación y la respuesta a dichas preguntas. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=713.56 [00:12:22] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón En los juicios de la ciudadanía de 2191 y 2192 de 2014, esta Sala Superior creó jurisprudencialmente el derecho a la revisión de las etapas del proceso de selección de consejerías de los organismos públicos locales. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=742.86 [00:12:42] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón Y se dijo que eran un medio para garantizar el derecho de audiencia de las personas aspirantes previsto en el artículo 16 constitucional. Y se determinó que las y los aspirantes tenían el derecho de conocer el desarrollo del procedimiento de selección y manifestar lo que a su derecho convenga en cuanto a las calificaciones que le son asignadas en cada fase del proceso. Además, https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=762.54 [00:13:12] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón Esta Sala Superior indicó que lo anterior estaba vinculado al principio de máxima publicidad, lo cual implica que tanto las personas participantes estén en aptitud de conocer, con la mayor amplitud y detalle posible, la manera en que se desarrollan cada una de las etapas del mismo y no solo sus resultados. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=792.21 [00:13:32] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón Así, este órgano jurisdiccional sostuvo que resultaba indispensable que las personas aspirantes tuvieran la posibilidad de acceder a las preguntas y las respuestas que se consideraron correctas y no solo a un listado de incisos. Incluso esta sala fue más allá y determinó que los... https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=812.83 [00:13:54] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón Que las personas aspirantes tenían derecho no solo a acceder a la información relativa a los reactivos de su examen, que fueron calificados como erróneos, sino a estar en posibilidad de revisar la calificación misma. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=834.99 [00:14:08] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón Por lo tanto, de la lectura integral de los precedentes se puede advertir que el motivo de la revisión era que las personas aspirantes pudieran conocer tanto las preguntas como las respuestas calificadas, como incorrectas, así como la posibilidad de argumentar lo pertinente respecto de cada una de ellas. Esto no se garantiza con la decisión que tomó el Instituto Nacional Electoral de reservar la información para el propio aspirante. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=848.76 [00:14:38] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón Para cerrar, considero que se debe revocar el oficio impugnado a efecto de que la Dirección Ejecutiva del Servicio Profesional Electoral Nacional realice una verdadera revisión del examen de la persona experiente, una revisión efectiva en condiciones de un verdadero análisis de las preguntas y respuestas incorrectas y en dicha revisión se debe permitir a la parte actora https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=878.7 [00:15:08] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón Deliberar sobre el contenido de las preguntas que fueron contestadas de manera errónea, las respuestas plasmadas, así como aquella justificación que decida alegar para efecto de que se considere su posición respecto a la corrección en las respuestas incorrectas. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=908.12 [00:15:32] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón Ello a través de un mecanismo, claro, que la dirección ejecutiva estime pertinente y que pueda salvaguardar la confidencialidad de la prueba respecto de personas ajenas a la solicitud de revisión del examen. Y con ello garantizar el derecho al debido proceso de la persona aspirante y es por estas razones que votaré en contra del proyecto y de ser el caso presentaré un voto particular. Es cuanto. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=932.33 [00:16:02] Voz 2 Gracias, magistrado Reyes Rodríguez. Si sobre el mismo asunto existe alguna intervención adicional, les pregunto, magistradas. Si no hubiera intervención, secretario, procede a usted a tomar cuenta de la votación. Sí, presidente. Magistrada Mónica Anís Soto Fregoso. A favor. Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón. En contra y con la emisión de un voto particular. Magistrada Claudia Valle Aguilas Ocho. A favor, secretario. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=962.86 [00:16:37] Voz 2 ¿Usted, magistrado presidente Batís? En el sentido de mi consulta. Magistrado presidente, le informo que el asunto de la cuenta ha sido aprobado con la precisión de que el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón vota en contra y anuncia la emisión de un voto particular. Muchas gracias, secretario. Y en consecuencia, en el juicio de la ciudadanía 434 de esta anualidad se resuelve único, se confirma del oficio impugnado. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=997.55 [00:17:03] Voz 2 Pasaremos ahora a la cuenta de los proyectos del magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera, precisando que los hago míos para efectos de su resolución, por lo que le solicito nueva cuenta, secretario, que nos otorgue usted la cuenta correspondiente al respecto. Enseguida, presidente. En primer lugar, doy cuenta con el proyecto de sentencia del juicio de la ciudadanía 360 de este año, promovido por un ciudadano en contra de la omisión atribuida a la Comisión de Justicia de Morena. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=1023.49 [00:17:31] Voz 3 Consistente en tramitar y resolver la queja presentada con motivo de la presunta omisión del Consejo Nacional de emitir la convocatoria para renovar la presidencia del Instituto Nacional de Formación Política del referido partido político. En el proyecto se propone declarar existentes las omisiones atribuidas a la Comisión de Justicia, ya que no acreditó haber notificado ni requerido el informe del Consejo Nacional. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=1051.24 [00:18:20] Voz 3 Finalmente, https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=1100.89 [00:18:22] Voz 3 Doy cuenta con el proyecto de sentencia del juicio de la ciudadanía 427 del presente año, interpuesto por un magistrado del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Colima. El actor controvierte la sentencia emitida por el Tribunal Electoral en ese estado, que desechó su impugnación al considerar que carecía de interés jurídico para controvertir el decreto 318, emitido por el Congreso del Estado, mediante el cual se reformó el régimen de remuneraciones de las personas servidoras públicas de la entidad. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=1102.93 [00:18:51] Voz 3 Para establecer que ninguna podrá recibir una mayor a la persona titular del Ejecutivo Estatal. Por su parte, el Tribunal Local determinó el sobreseguimiento del juicio local al considerar que el actor carecía de interés jurídico, ya que dicho decreto no deparaba un perjuicio real y directo en ese momento. Al respecto, en el proyecto se propone declarar inoperantes e ineficaces los agravios hechos valer. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=1131.63 [00:19:16] Voz 3 Debido a que la autoridad responsable resultaba incompetente por razón de materia para conocer el fondo de la controversia interpuesta contra el Decreto 318, ya que se relaciona con la categorización salarial y el pago de prestaciones, mismas que se consideran cuestiones administrativas internas que no inciden directamente en el ejercicio de los derechos político-electorales, por lo que no son de naturaleza electoral. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=1156.23 [00:19:39] Voz 2 En consecuencia, se propone confirmar por razones distintas la sentencia controvertida. ¿Es cuánto, presidente? Muy amable, secretario. A nuestra consideración se encuentran los proyectos de la cuenta, magistrado, y le pregunto si sobre los mismos existen intervenciones. Si no hubiera intervenciones, secretario, tome usted nota de la votación. Sí, presidente. ¿Magistrada Mónica Ralizoto Fregoso? Por favor. ¿Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón? https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=1179.93 [00:20:14] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón Estoy a favor del J.S. 427 y estoy en lo general a favor del J.S. 360, pero en lo particular, en ese juicio de la ciudadana 360, presentaré un voto particular parcial en relación con el agravio en donde solicito una medida de aprobación. Magistrada Claudia Valleguilas Ochoa. A favor de las propuestas. Usted, magistrado presidente Batis. Con las propuestas. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=1214.1 [00:20:50] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón Magistrado presidente, le informo que los asuntos de la cuenta han sido aprobados con la precisión de que el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón anuncie la emisión de un voto particular parcial en el juicio de la ciudadanía 360 de este año en los términos de su intervención. Gracias. Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón, por favor. Y en el juicio de la ciudadanía 427, que voto a favor, presentaré un voto concurrente. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=1250.9 [00:21:23] Voz 2 Muchas gracias. Toma nota, presidente. Gracias, secretario. Se toma nota del voto concurrente emitido en el JDS 427 y, en consecuencia, en el juicio de la ciudadanía 360 de esta anualidad se resuelve. Primero, se declaran existentes las omisiones controvertidas. Segundo, se ordena a la responsable en términos de la sentencia. Por lo que hace el juicio de la ciudadanía 427 de esta anualidad se resuelve. Único se confirma, por razones distintas, la resolución impugnada. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=1283.69 [00:21:52] Voz 2 Maestrado Reyes Rodríguez Mondragón, pasaremos ahora a la cuenta de sus proyectos y le solicito, secretario general, que nos otorga usted la cuenta correspondiente. Adelante, secretario. Pida, presidente. En primer lugar, doy cuenta con el proyecto de sentencia relativo al juicio de la ciudadanía 368 de este año, promovido por un participante en el proceso de selección para designar la presidencia y cuatro consejerías del Instituto Electoral de Michoacán a fin de controvertir. Uno. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=1312.95 [00:22:21] Voz 3 La presunta omisión de la comisión y la unidad técnica de vinculación con organismos públicos locales del INE, de proporcionarle diversas constancias que integran su expediente administrativo. Y dos, los resultados del examen de conocimientos, así como el procedimiento de la diligencia de revisión de examen. El proyecto que se pone a su consideración propone, por una parte, sobreceder parcialmente en el juicio respecto de la omisión reclamada. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=1341.06 [00:22:44] Voz 3 Ya que, posterior a la presentación de la demanda, se dio respuesta a su solicitud, lo que produjo un cambio de situación jurídica al respecto. En relación con los resultados del examen de conocimientos y el procedimiento de revisión de examen, el proyecto considera que le asiste la razón al actor, al argumentar que la revisión no opera como un remedio real, lo que vulnera el derecho a un recurso efectivo y a la tutela judicial efectiva. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=1364.74 [00:23:08] Voz 3 Se llega a la anterior conclusión, pues en la revisión de examen solo se le proporcionó como dato el número de los reactivos que tuvo incorrectos y si bien se señaló que se podrían revisar algunas preguntas, se afirmó de manera injustificada y arbitraria que solo podrían revisar un par y por cuestiones de confidencialidad no podrían ser todas. Esta forma de actuar fue contraria a los precedentes y la línea jurisprudencial de esta sala superior en la que se ha sustentado que en la revisión de exámenes de esta naturaleza https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=1388.46 [00:23:36] Voz 3 Las personas aspirantes pueden conocer tanto las preguntas como las respuestas calificadas como incorrectas, así como argumentar lo que consideren pertinente respecto de cada una de ellas, aunado a que no satisface los estándares nacionales e internacionales sobre el derecho a un recurso efectivo que sea accesible, idóneo y capaz de producir resultados. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=1416.38 [00:23:54] Voz 3 Por lo anterior, se propone revocar la determinación de confirmar los resultados del actor y ordenar a la Comisión de Vinculación que realicen nuevamente la diligencia de revisión del examen de conocimientos, con base en los parámetros que se detallan en la propuesta. Enseguida doy cuenta con el proyecto de sentencia del Recurso de Apelación 153 de este año, interpuesto en contra de la respuesta a una consulta emitida por la Dirección Ejecutiva de Asientos Jurídicos del INE. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=1434.8 [00:24:20] Voz 3 En la consulta, se solicitó que el Consejo General de ese instituto respondiera si existe un deber de los partidos políticos para prevenir la intervención del crimen organizado en sus procesos internos de selección de candidaturas, integración de órganos partidarios y designación de representaciones ante las autoridades electorales. La Dirección Ejecutiva de Asuntos Jurídicos respondió, afirmando que no existe una obligación expresa, inconforme el actor reclama que su petición debió ser atendida por el Consejo General del INE. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=1460.46 [00:24:48] Voz 3 En el proyecto se propone confirmar por razones distintas la respuesta de la elección ejecutiva de acentos jurídicos. La consulta realizada por el actor no busca proporcionarle certeza para orientar su actuación frente a una situación jurídica concreta dentro del sistema electoral. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=1488.33 [00:25:04] Voz 3 Si no pretende obtener un criterio interpretativo general sobre el alcance de las obligaciones que podrían corresponder a terceros. Así, la solicitud no actualizaba los presupuestos materiales que permitirían activar la función consultiva de fondo del Consejo General del INE. Lo anterior ya que, para ello, es necesario que primero la solicitud se encuentre vinculada con una situación concreta del consultante. Segundo, dicha solicitud guarde relación con su situación jurídica dentro del sistema electoral. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=1504.34 [00:25:32] Voz 3 Y tercero, dicha interpretación tenga por finalidad proporcionar certeza para orientar su propia actuación. Al no cumplirse tales condiciones, lo procedente es confirmar el acto reclamado. De igual forma, doy cuenta con el proyecto de sentencia del Recurso de Reconsideración 295 de este año, promovido por una persona indígena mixteca de la comunidad de Cosoltepec, Oaxaca. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=1532.26 [00:26:00] Voz 3 En contra de la sentencia dictada por la Sala Regional Jalapa, mediante la cual confirmó la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca, que a su vez validó la convocatoria para la celebración de la Asamblea Extraordinaria de ratificación o modificación de la integración del ayuntamiento de ese municipio para el periodo 2026-2028, cuya elección se rige por su sistema normativo indígena. En el proyecto se propone, en primer lugar, determinar la personalidad que amerita un pronunciamiento de fondo por parte de esta Sala Superior. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=1560.48 [00:26:33] Voz 3 En segundo lugar, respecto al fondo del asunto, se establece que, contrario a lo señalado por la actora, los artículos 13, 14 y 15 del Estatuto Electoral Comunitario no vulneran el principio constitucional de universalidad del sufragio porque dicho principio debe interpretarse de manera armónica con el derecho de la comunidad de preservar su identidad y determinar sus propias reglas de participación política. Por otra parte, https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=1593.13 [00:26:57] Voz 3 Se considera que la sala responsable sí examinó la compatibilidad de las reglas comunitarias cuestionadas con el parámetro constitucional aplicable. Asimismo, se sostiene que no le existe la razón a la actora respecto a que las disposiciones cuestionarias deberían aplicarse, ya que del análisis realizado por la sala regional se advierte que superan un examen de proporcionalidad, pues persiguen un fin legítimo, son idóneas, necesarias y proporcionales. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=1617.17 [00:27:22] Voz 3 Finalmente, se considera que no se vulneró el principio pro persona, porque ese principio no implica que, en toda controversia en la que se encuentre involucrado un derecho humano, debe adaptarse automáticamente por la interpretación que favorezca exclusivamente la dimensión individual del derecho en detrimento de otros derechos constitucionalmente reconocidos. En consecuencia, se propone confirmar la sentencia impugnada y, por vía de consecuencia, la determinación emitida por el tribunal local. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=1642.56 [00:27:51] Voz 3 Finalmente, doy cuenta con el proyecto de sentencia de los recursos de reconsideración 302 y 306 ambos este año, promovidos por quienes se ostentan como presidenta del comité directivo e integrantes del órgano de justicia del Partido Estatal Renovación en Durango. Controvierte en la sentencia de la Sala Regional Guadalajara. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=1671.18 [00:28:21] Voz 3 Previa acumulación, el proyecto propone que el asunto es de importancia y trascendencia. La controversia plantea una cuestión novedosa acerca de si los vicios en la designación de órganos de justicia intrapartidarios son revisables por la justicia electoral a través de la impugnación de sus resoluciones, aún sin haberse combatido en su instalación. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=1701.79 [00:28:41] Voz 3 El proyecto propone revocar la declaración de invalidez decretada. Contrario a lo resuelto por la sala regional, no era oportuno analizar la constitución del órgano de justicia debido a que ninguna de las partes en el conflicto interno, pese a integrar el comité directivo, cuestionó dicha constitución, sino hasta que le resultó útil procesalmente en el conflicto por la dirección del partido. La autoorganización y autodeterminación partidistas https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=1721.07 [00:29:06] Voz 3 Conlleva también la responsabilidad de constituir oportunamente los órganos estatutarios y vigilar su funcionamiento. Por ello, quienes integraron el comité directivo no pueden beneficiarse de su propia omisión de vigilancia. En consecuencia, se propone revocar la sentencia impugnada en cuanto a la invalidez del órgano y sus resoluciones. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=1746.92 [00:29:25] Voz 2 Debido a la extemporaneidad de la impugnación y ordenar al tribunal local emitir nueva resolución pronunciándose exclusivamente sobre la controversia y la integración del comité directivo del partido estatal. Es la cuenta, presidente. Muy amable secretario, pongo a su consideración, magistrados, magistrado, si existe alguna intervención sobre los proyectos de la cuenta. Magistrado ponente, Reyes Rodríguez Mondragón. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=1765.55 [00:29:55] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón Gracias. Quiero referirme al primer asunto de la lista, el juicio de la señora 368, para presentar el proyecto. Por favor, por favor, ponente. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=1795.93 [00:30:08] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón Gracias. Este asunto está relacionado también con un examen de conocimientos, pero en este caso fue aplicado dentro del procedimiento de selección y designación de la presidencia y cuatro consejerías del Instituto Electoral de Michoacán. Voy a exponer la propuesta que se somete a su consideración y me referiré primero a los antecedentes que dan origen a este asunto. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=1808.03 [00:30:35] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón El otro movente se registró como aspirante dentro del proceso de selección y al presentar el examen de conocimientos correspondiente a la tercera etapa del concurso, no quedó entre las 19 calificaciones más altas del género masculino, por lo que solicitó la revisión de su examen. En dicha revisión, de acuerdo con lo que señala https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=1835.5 [00:31:01] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón Únicamente se le informó el número de los reactivos contestados de manera incorrecta, sin darle a conocer el contenido de esos reactivos ni las razones de la calificación incorrecta. Se le indicó además que por razones de confidencialidad solo podrían revisarse algún par de reactivos de los que se acordara sin que fuera posible revisar todas las preguntas. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=1861.49 [00:31:29] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón A partir de ello, presentó el juicio que se analiza y en el que el núcleo de los agravios consiste en reclamar la revisión de examen realizada porque no es un recurso efectivo, toda vez que no le permite, primero, conocer las preguntas que contestó incorrectamente. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=1889.16 [00:31:49] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón Segundo, contrastarlas con la respuesta correcta. Y tercero, argumentar en su defensa y en su caso, de que tuviera razón, modificar su calificación. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=1909.24 [00:32:01] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón El actor señala que para efectos prácticos la revisión es inútil y con ello se vulnera el derecho a un recurso efectivo, así como a la tutela judicial efectiva reconocidos por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 8 y 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, toda vez que la revisión no opera como un remedio real. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=1921.26 [00:32:26] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón En esta misma línea argumentativa sostiene que se vulnera su derecho a la defensa, al debido proceso y que la revisión del examen adolece de opacidad administrativa y diluye el principio de confianza legítima hacia la autoridad. Considero que el actor tiene razón en relación con que esta revisión no es un recurso efectivo. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=1946.55 [00:32:51] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón Es cierto que esta sala ha sentado una línea jurisprudencial que ha proscrito el análisis de las cuestiones técnicas en los concursos y procesos de selección. Sin embargo, también es cierto que el acceso a las preguntas que se calificaron como arruinamente contestadas, así como la explicación sobre la respuesta correcta, no implica de ninguna manera un análisis de los aspectos técnicos. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=1971.25 [00:33:19] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón En los primeros precedentes existía una distinción clara entre los elementos mínimos para una revisión efectiva y el aspecto técnico no revisable por esta sala de los criterios de evaluación de los reactivos y sus respuestas. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=1999.37 [00:33:34] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón En mi consideración, proporcionar la información al solicitante, como lo es que se le digan las preguntas que contestó erróneamente y cuál era la respuesta correcta, no tiene por objeto evaluar la forma en que la autoridad construyó el reactivo, sino que tiene como objetivo proporcionarle al recurrente la posibilidad efectiva para argumentar por qué https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=2014.77 [00:34:01] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón Colocó cierta respuesta o incluso demostrar que había seleccionado alguna otra. Y ver si esto puede incidir en la apreciación de la autoridad y modificar el resultado de su calificación. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=2041.67 [00:34:14] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón En mi criterio es aplicable la tesis de la Suprema Corte, número 277 de 2012, en la que se establece que no pueden considerarse efectivos los recursos que, por las condiciones del país o por las circunstancias particulares de un caso concreto, resulten ilusorios. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=2054.95 [00:34:35] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón Considero que la forma en que la autoridad aplicó la revisión del examen transforma dicha instancia en un mero recurso formal sin posibilidad real de garantizar una revisión material del examen u obtener una modificación del resultado. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=2075.54 [00:34:51] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón Por lo que si este no permite un conocimiento certero de los motivos de la calificación y no tiene la posibilidad de modificarla, entonces no garantiza efectivamente los derechos que pretende tutela y en consecuencia pierde cualquier utilidad. De esta manera. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=2091.56 [00:35:12] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón En la propuesta estimamos que estamos claramente ante un recurso inefectivo e ilusorio que no garantiza y por tanto vulnera el derecho del recurrente a integrar las autoridades electorales. Por tanto, en la propuesta se busca garantizar plenamente el derecho de audiencia, el debido proceso y el acceso a la justicia a través de un recurso efectivo. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=2112.29 [00:35:38] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón Por lo que lo procedente es revocar la determinación que confirmó los resultados del actor y ordenar una nueva revisión del examen de conocimientos de conformidad con lo previsto en la convocatoria. Es decir, deberán participar en la audiencia el actor, una persona representante de la Comisión de Vinculación o la Unidad Técnica, algún representante del CENEVAL. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=2138.07 [00:36:02] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón Y de las instituciones que hubieran participado en la elaboración de los reactivos y la calificación de las respuestas. Además, se deberán en esa diligencia revisar únicamente aquellos reactivos calificados como incorrectos, dar lectura a cada una de las preguntas, explicar las razones de la calificación incorrecta y otorgar al actor el uso de la voz para argumentar lo que a su derecho convenga. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=2162.71 [00:36:27] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón A partir de ello, si el actor obtiene una calificación igual o superior a la posición 19, la comisión deberá reflejar nuevas fechas para las etapas subsecuentes. Es cuanto. Muchas gracias. Gracias a ustedes, magistrado ponente. Si sobre el mismo asunto, los subsecuentes de la cuenta, existe alguna intervención, les consulto magistratura. Magistrada Claudia Valle, los ocho. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=2187.99 [00:36:53] Magistrada Claudia Valle Aguilasocho Muchas gracias, presidente. En relación a este primer asunto de la cuenta, tendría intención en los subsecuentes. Si era en el pleno, para abordar la discusión de este primer asunto, muy brevemente fijaría postura. Por favor, por favor. Muchísimas gracias. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=2213.39 [00:37:15] Magistrada Claudia Valle Aguilasocho Con relación a este juicio ciudadano 368, me parece que es muy importante y definitorio un aspecto en particular. ¿Cuál es este aspecto al que me quiero referir? https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=2235.75 [00:37:31] Magistrada Claudia Valle Aguilasocho Sin duda, como manifestó el ponente, estamos ante la revisión de un examen de conocimientos. La propuesta que se presenta es revocar la determinación emitida bajo los argumentos que ha expuesto de manera muy puntual el señor magistrado Reyes Rodríguez Mondragón. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=2251.35 [00:37:52] Magistrada Claudia Valle Aguilasocho El punto en el que para mí es definitorio y que lleva a una conclusión de confirmar y no a revocar esta decisión es una conducta y una posición determinada por la voluntad del propio impugnante. La autoridad efectivamente le ofrece revisar algunos reactivos y efectivamente le indica que es viable. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=2272.3 [00:38:19] Magistrada Claudia Valle Aguilasocho Hacer la revisión de algunos de ellos no le señala que procedería a revisar todos los reactivos, pero le pide que identifique como uno de los mecanismos necesarios. ¿Cuáles son las preguntas que considera? https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=2299.28 [00:38:38] Magistrada Claudia Valle Aguilasocho Que se formularon de manera confusa o que podrían llevar a confusión o reactivos que no tenían una respuesta correcta. Y lo que indica la parte promovente es que aun cuando procediera la revisión para él, el mecanismo no le permitiría demostrar cuáles fueron las respuestas. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=2318.91 [00:39:08] Magistrada Claudia Valle Aguilasocho Que registró el CENEVAL como las que él de verdad hubiera seleccionado. Esto es, lo que impacta el sentido de la decisión que desde mi perspectiva llevaría a confirmar es que el inconforme declina toda revisión al sostener que aun cuando se le brindara esa revisión no se tienen los elementos indispensables para constatar que las respuestas que marcó en el examen fuesen las que realmente brindó o seleccionó. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=2348.23 [00:39:37] Magistrada Claudia Valle Aguilasocho Este aspecto es absolutamente trascendente, porque la conducta que asume el promovente es declinar el inicio siquiera de la revisión, incluso de las preguntas que, insisto, la propia autoridad le proponía que podía revisar, dando como respuesta que al no conservarse ningún respaldo de las respuestas seleccionadas durante el examen, https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=2377.93 [00:39:58] Magistrada Claudia Valle Aguilasocho Él no tendría ninguna forma de mostrar que había elegido una opción diferente de la registrada por el propio Ceneval. Entonces lo que tenemos es una falta de revisión material de algún reactivo, pero no derivado de la negativa de la autoridad, sino de la decisión del propio promovente en declinar que ésta se realizara. Por ello expreso respetuosamente que mi voto en el caso particular y por las razones que expreso serían en contra de la propuesta de revocación, partiendo desde esta lógica. Muchas gracias, presidente. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=2398.89 [00:40:29] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón A usted, magistrada Valle, si sobre el mismo asunto existe alguna intervención adicional. Magistrado Reyes Rodríguez, por favor. Gracias, presidente. En efecto, ocurre esta circunstancia que advierte la magistrada Valle. Sin embargo, digamos, eso no es suficiente en el análisis para... https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=2429.9 [00:40:59] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón Confirmar que por su actitud procedimental acepte un proceso de revisión en donde, para empezar, se le dice que no pueden revisar todas las preguntas y sus respuestas y que hayan sido incorrectas. Ahora, que se revisarán aquellas, algunas, de las que él se acuerde. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=2459.29 [00:41:26] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón Ahora, ¿cómo va a saber, en este caso, el evaluado, cuáles respondió incorrectas si no le comunican más que una calificación y no le dan un listado de preguntas y respuestas incorrectas? O sea, él mismo se va a autocalificar como, me acuerdo que la respuesta, la pregunta 8, posiblemente la... https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=2486.89 [00:41:54] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón Fue incorrecta mi respuesta. Y si no, inclusive, esta actitud procedimental que puede valorarse, y que de hecho en el proyecto se advierte también, en alguna medida tiene un punto. Si ni siquiera me vas a decir, además, cómo la respondí, cómo sé yo que efectivamente la respondí así. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=2514.68 [00:42:24] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón ¿Me tengo que acordar de las 100 preguntas y las 100 respuestas que di cuando no me permitiste tomar fotos, notas, videos sobre el examen y mis respuestas? O sea, prácticamente está en un estado de indefensión total, absoluto. Y eso hace que ese proceso de revisión... https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=2544.53 [00:42:45] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón Está inútil, no es efectivo, inclusive hasta, yo diría, se justifica su actitud porque va a ir a perder el tiempo ante una autoridad que le está exigiendo que sea él el que define qué preguntas revisar porque considera, contestó incorrectas y que él demuestre que efectivamente puso otra respuesta. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=2565.42 [00:43:13] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón O que se acuerde de cuál puso y entonces poder argumentar respecto de la calificación con la que no está de acuerdo. Entiendo que quizás pueda... https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=2593.15 [00:43:32] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón Pueda mostrar una actitud de rechazo a la revisión, pero fundamentalmente la rechaza porque las condiciones en las que se la ofrecen o se la garantizan, entre comillas, pues no le permite... https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=2612.09 [00:43:49] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón Una defensa efectiva, un recurso de revisión que realmente tenga como finalidad una utilidad en este proceso de aprendizaje. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=2629.13 [00:44:05] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón Que conteste mal y de posible respuesta o reacción para buscar su finalidad, que es modificar la calificación y que quede en un mejor lugar. Luego entonces me parece que independientemente de que comprendo cuál es la diferencia respecto de la circunstancia en particular, aunque hubiera aceptado esa revisión, no sería un recurso efectivo. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=2645.95 [00:44:35] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón Y si lo hubiera aceptado, probablemente tendríamos que estar evaluando si consintió las condiciones que no le garantizan realmente la utilidad de la previsión de revisión del examen. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=2675.85 [00:44:51] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón Estas serían, digamos, otras consideraciones por las cuales se presenta esta propuesta y no se estima que esta circunstancia en donde él responde, como advierte la magistrada Valle, sea... https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=2691.93 [00:45:07] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón Suficiente para confirmar una decisión del Instituto Nacional Electoral que no garantiza un proceso transparente, un proceso deliberativo respecto al derecho que tienen de audiencia y de debido proceso quienes participan en estos concursos y solicitan la revisión de sus exámenes. Gracias. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=2707.77 [00:45:36] Voz 2 Gracias, magistrado Rey Rodríguez. Si sobre el mismo asunto existe alguna intervención adicional, les consulto, magistradas, magistrado. Si me lo permiten, me gustaría participar en el subsecuente de los asuntos de la cuenta. Este es el RAP 153. No hubiera alguna intervención previa para que pudiéramos respetar el orden de la presentación de los mismos. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=2736.4 [00:45:59] Voz 2 Muchas gracias. Y permítame, pues, referirle que comparto el sentido del proyecto por lo que hace la respuesta emitida por la Dirección Ejecutiva de Asuntos Jurídicos del Instituto Nacional Electoral, aunque lo hago por unas consideraciones distintas. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=2759.98 [00:46:14] Voz 2 Esto es porque en mi concepto resulta innecesario el análisis que se realiza respecto al derecho a la consulta en los términos que nos plantea el proyecto, ya que, a mi consideración, la dirección ejecutiva es la autoridad competente para atender la consulta formulada por el actor, dado que la cuestión planteada consistía esencialmente en responder si el marco jurídico vigente prevé obligaciones específicas para que los partidos políticos https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=2774.25 [00:46:46] Voz 2 La respuesta impugnada se limitó a examinar la normativa aplicable y a concluir que tales obligaciones no se encuentran expresamente previstas, aunque los partidos políticos pueden adoptar voluntariamente mecanismos internos de prevención. Por tanto, la Dirección Ejecutiva no creó deberes, estableció requisitos adicionales. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=2806.73 [00:47:07] Voz 2 Ni emitió disposiciones de carácter general que fueran aplicables para los partidos políticos. En esas condiciones, la respuesta no implicó el ejercicio de una atribución normativa o reglamentaria dada al Consejo General. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=2827.07 [00:47:19] Voz 2 La autoridad responsable únicamente identificó el contenido del orden jurídico vigente para atender una solicitud concreta, la cual podía realizar en el ámbito de sus atribuciones. Y en este sentido, en consideración, no resulta aplicable la jurisprudencia 4 del año 2023 emitida por esta propia Sala Superior, conforme a la cual corresponde al Consejo General. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=2839.58 [00:47:43] Voz 2 Responder las consultas que implique definir el sentido o el alcance de disposiciones electorales o fijar criterios interpretativos que impliquen una pauta normativa, dado que ello no supone que toda solicitud deba ser atendido por aquel máximo órgano de dirección de la autoridad administrativa electoral. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=2863.4 [00:48:02] Voz 2 La intervención del Consejo General se justifica cuando la respuesta solicitada requiere el ejercicio de sus atribuciones normativas o reglamentarias o la emisión de un pronunciamiento institucional de alcance general respecto de la interpretación de la normativa electoral. En cambio, https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=2882.73 [00:48:20] Voz 2 La sola necesidad de determinar si una obligación se encuentra prevista en el orden jurídico no desplaza la competencia de las áreas del Instituto facultadas para atender las peticiones de la ciudadanía, como sucede en el caso. Y en este caso, justamente, la Dirección Ejecutiva no desarrolló reglamentariamente las obligaciones de los partidos políticos ni estableció mecanismos para prevenir la intervención del crimen organizado. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=2900.54 [00:48:44] Voz 2 Tampoco fijó de materia general o vinculante la conducta que debían observar los sujetos obligados. Se limitó a señalar que el ordenamiento electoral no contiene expresamente las obligaciones consultadas y que los partidos políticos pueden adoptarlas voluntariamente. Por estas razones comparto la decisión de confirmar la respuesta impugnada, pero por consideraciones diversas a las contenidas en el proyecto. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=2924.94 [00:49:08] Voz 2 Ya que advierto que fue emitida por autoridad competente, como lo he referido, y que la consulta no requería el ejercicio de atribuciones normativas, reglamentarias o definiciones institucionales que se encontraran reservadas al Consejo General. En este sentido, estaría emitiendo un voto justamente en los mismos términos de mi intervención, magistradas y magistrados. Si sobre el mismo o los subsecuentes existieran algunas otras intervenciones, magistrado ponente, magistradas, les consulto. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=2948.68 [00:49:37] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón, por favor. Sí, sobre este recurso de apelación 153 en el que ha intervenido usted. Si no hubiera alguna otra intervención de las magistradas, entonces voy a explicar por qué la propuesta. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=2977.61 [00:50:10] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón Se trata de un caso relacionado con la pregunta jurídica respecto a qué área es competente del Instituto Nacional Electoral para dar respuesta a la solicitud presentada por un ciudadano. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=3010.42 [00:50:26] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón Este proyecto ahonda en lo definido por la jurisprudencia 4 de 2023 con el fin de consolidar esa línea jurisprudencial y entiendo que ahí habría una diferencia de criterio normativo con la posición que ha expuesto usted, magistrado Batis. Ahora, para... https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=3026.25 [00:50:50] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón Explicar por qué se aplica esta jurisprudencia y por qué efectivamente estamos ante una consulta que desde la perspectiva del actor podría haber requerido una interpretación o un criterio que fije el Consejo General. Bueno, voy a referirme a los antecedentes. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=3050.75 [00:51:11] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón El demandante presentó al INE una consulta respecto a si los partidos políticos tienen un deber de prevención frente a la posible intervención del crimen organizado en sus procesos internos de selección de candidaturas. En particular, solicitó una interpretación al artículo 25, numeral 1, incisos A, B y C de la Ley General de Partidos Políticos. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=3071.82 [00:51:40] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón Buscando conocer cuáles serían los mecanismos operativos que los partidos deberían cumplir para prevenir la referida intervención, así como qué principios y criterios tendrían que observar los partidos para armonizar ese deber con los derechos de las personas involucradas. A partir de esta petición es que el actor argumenta que lo que se... https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=3100.98 [00:52:09] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón Se esperaba y requería la respuesta a su consulta, era una interpretación del Consejo General de Lima. Sin embargo, quien le dio respuesta fue la Dirección Ejecutiva de Asuntos Jurídicos del Instituto Nacional Electoral. En esa respuesta definió... https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=3129.87 [00:52:32] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón Que no existe una obligación expresa en la norma que imponga a los partidos políticos el implementar procedimientos, medidas o controles para evitar la intervención del crimen organizado en sus procesos internos. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=3152.77 [00:52:45] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón Inconforme con recibir esa respuesta, el ciudadano reclama que su petición debió ser atendida por el Consejo General del INE porque lo que él buscaba era una interpretación precisamente a los artículos de la legislación que fueron descritos por la Dirección de Asuntos Jurídicos. En el proyecto... https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=3165.89 [00:53:16] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón Digamos, coincidiendo con la exposición del magistrado Batis, se valida la respuesta emitida por la dirección ejecutiva en cuestión a partir de una distinción entre petición y consulta. ¿Me explico? Las consultas en materia electoral son una modalidad del derecho a petición reconocido en el artículo 8 de la Constitución Política. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=3196.03 [00:53:40] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón Así, cualquier persona que formule una petición a la autoridad competente tiene derecho a recibir una respuesta clara, precisa y congruente sobre lo solicitado. Sin embargo, no toda petición tiene una función consultiva. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=3220.13 [00:53:55] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón En el ámbito electoral, una consulta implica el proporcionar certeza a un sujeto regulado respecto del alcance de las normas que pudiesen afectar su conducta en una situación concreta. Es decir, para aplicar la jurisprudencia 4 de 2023 de esta Sala Superior, es necesario que al menos la solicitud se vincule con una situación concreta del consultante, no con una... https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=3235.41 [00:54:23] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón Cuestión abstracta o una situación que no está relacionada con tus derechos y obligaciones y que dicha solicitud además guarde una relación con su situación jurídica dentro del sistema electoral y la interpretación solicitada tenga por finalidad proporcionar certeza para orientar su propia conducta, no la de terceros como son los partidos políticos. Así. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=3263.87 [00:54:50] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón Una petición con función consultiva, que es lo que pretendía el ciudadano al formularse al Instituto Nacional Electoral, exige la posibilidad de orientar la actuación de quien consulta frente a una situación concreta dentro del andamiaje electoral. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=3290.55 [00:55:12] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón En arena electoral. Mientras que una petición en general puede ser meramente informativa y puede tener una respuesta descriptiva como la que da la Dirección de Asuntos Jurídicos. En otras palabras, mientras que toda consulta, como pretendía el actor, presuponía una petición, no toda petición formulada actualiza por sí misma una cuestión consultiva de fondo. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=3312.46 [00:55:40] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón En este caso, la solicitud presentada no presupone la necesidad de orientar o dotar de certeza jurídica al ciudadano respecto de sus conductas, sus derechos, sus obligaciones en el ámbito electoral. En cambio, se trata de una solicitud relacionada con los partidos políticos y su actuación dentro del sistema electoral. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=3340.59 [00:56:07] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón Por tanto, no se trata de una petición que responda a la función consultiva prevista por la jurisprudencia que he citado, ni exige la posición del actor una formulación por parte del Consejo General del INE, aunque esa haya sido su pretensión. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=3367.76 [00:56:25] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón Porque trataba de conocer cuáles van a ser los criterios de ese Consejo General para implementar la comisión que se ha creado para revisar de manera, cuando ha sido soliciten voluntariamente los partidos políticos, el listado de personas aspirantes. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=3385.97 [00:56:46] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón En conclusión, dada la naturaleza de la petición, la respuesta emitida por la Dirección Ejecutiva de Asuntos Jurídicos se debe considerar como conforme a derecho. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=3406.86 [00:56:59] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón En términos de la posición del ciudadano, puesto que la Dirección de Asuntos Jurídicos es el órgano facultado para orientar a la ciudadanía en lo general y conocer descritos presentados por cualquier persona en ejercicio de su derecho de posición. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=3419.73 [00:57:18] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón Esto va en la línea de los juicios de la ciudadanía 91 y 2505 que resolvió esta Sala Superior de 2025 y bajo estos criterios es que en este caso lo que se busca es consolidar la línea jurisprudencial ahí expresada. Estas serían, digamos, las razones por las cuales se argumenta la propuesta en los términos que se somete a su consideración. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=3438.41 [00:57:49] Voz 2 Muchas gracias, magistrado Reyes Rodríguez. Les consulto, magistradas, si sobre este recurso de apelación 153 o, en su caso, los dos asuntos subsecuentes, existen intervenciones. Magistrada Claudia Bahía y las 8, por favor. Gracias, presidente, compañera magistrada, señor magistrado ponente. También quisiera poder intervenir en este asunto que estamos analizando, si son tan amables. Por favor, magistrado. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=3469.61 [00:58:20] Magistrada Claudia Valle Aguilasocho Muchas gracias, presidente. En este recurso de apelación 153 de este año, a que ya se ha referido usted, magistrado presidente, y el señor magistrado Reyes Rodríguez Mondragón, quiero expresar que, si bien coincido con la propuesta de confirmar la respuesta que brinda la Dirección Ejecutiva de Asuntos Jurídicos del INE a una consulta, https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=3500.49 [00:58:49] Magistrada Claudia Valle Aguilasocho Me aparto diversas consideraciones en las cuales esa conclusión de confirmación encuentra sus bases. La consulta, este ejercicio, forma de derecho a petición, cuando se dirige a una autoridad administrativa electoral nacional, puede ser válidamente respondida tanto por su Consejo General y en determinados casos puede ser válidamente atendida por alguna de sus unidades administrativas, en este caso por la dirección que respondió a esta petición. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=3529.51 [00:59:22] Magistrada Claudia Valle Aguilasocho ¿Cuándo se surta la competencia de una o de otra? Del Consejo General o en este caso de la Dirección Ejecutiva de Asuntos Jurídicos. Para responder esta interrogante necesaria en la litis debemos tener presentes al menos lo dispuesto en el artículo 67 del Reglamento Interior del INE y a la par también la línea jurisprudencial de este Tribunal Electoral. La regla de definición. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=3562.74 [00:59:50] Magistrada Claudia Valle Aguilasocho De competencia, de quién debe responder. Un derecho de petición formulado a manera de consulta se perfila por la materia, por el objeto y por el fin de lo que se pide al Instituto Nacional Electoral definir. Cuando la materia de la petición supone la emisión de un criterio general, de esclarecer el sentido de un ordenamiento legal o, en su caso, interpretar una norma electoral, claramente la facultad le corresponde solamente al Consejo General. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=3590.28 [01:00:17] Magistrada Claudia Valle Aguilasocho En otros casos distintos, cuando se trata de consultar o pedir información o un pronunciamiento que no es la interpretación de una norma, puede corresponder a diversas áreas del Instituto Nacional Electoral esta respuesta. Si tenemos claro este punto, en efecto, sí es correcto que la dirección ejecutiva en este caso haya respondido. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=3617.8 [01:00:46] Magistrada Claudia Valle Aguilasocho La solicitud hecha por un consultante, que en este caso es una asociación civil de defensores. ¿Cuál es el punto por el cual yo me separo de la propuesta que está en nuestra consideración? ¿En qué parte no coincido con las consideraciones del proyecto? Concretamente en el punto en el cual sujeta el estudio de confirmación a una suerte de existencia o exigencia. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=3646.46 [01:01:15] Magistrada Claudia Valle Aguilasocho De interés jurídico y de legitimación, aunque no se le denomine así, para poder consultar. Señalando de alguna forma que solo quienes se ubican en una situación concreta o individualizable frente a la materia de lo que se consulta, podrá entonces darse una respuesta o atender lo consultado. Esto se entiende así cuando menos en dos ocasiones en el proyecto en cuanto se indica. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=3675.71 [01:01:44] Magistrada Claudia Valle Aguilasocho ¿Qué solo se va a activar la función consultiva del Consejo General del INE y en general del Instituto Nacional Electoral si la consulta se vincula con una situación concreta de la parte solicitante? Si esta es la tesis del proyecto para confirmar no solamente la competencia de la autoridad por considerar que lo que se pide es un pronunciamiento general, https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=3704.5 [01:02:13] Magistrada Claudia Valle Aguilasocho Entonces, tendríamos que diseccionar si las consultas solo podrían plantearse por quienes pueden ser destinatarios de los artículos o del deber cuya definición de interpretación, de alcance o de sentido de aplicación pudiera dar la autoridad electoral. Y en ello guardo reservas, porque podríamos, de sostener esta pesis, podríamos convertir a la consulta en un derecho de petición acotado. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=3733.04 [01:02:41] Magistrada Claudia Valle Aguilasocho Sujetando a una condición ante que desde mi visión puede limitar de manera injustificada el derecho a obtener definiciones respecto de cómo se va a entender una norma, descartar incertidumbres o alcanzar certezas sobre aspectos que son aspectos de orden público y que al ser aspectos de orden público interesan, afectan o pueden interesar o incidir. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=3761 [01:03:09] Magistrada Claudia Valle Aguilasocho En un universo plural de entes o de sujetos del sistema electoral, más allá de quién hace la consulta. Considero que dar esta dimensión acotada, como desde mi perspectiva respetuosamente lo digo, parece sostener la propuesta que está en nuestra consideración, implicaría, insisto, una restricción que no guarda justificación. Por ello, si bien comparto el sentido de la decisión de confirmar, me apartaría. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=3789.39 [01:03:36] Voz 2 De estas consideraciones emitiendo un voto concurrente. Sería cuanto a mi parte. Muchas gracias. A usted, magistrada Valle, si sobre este asunto existe alguna intervención adicional, les consulto, magistradas, magistrada. Magistrado ponente Reyes Rodríguez, por favor. Únicamente quisiera precisar que la misma Dirección de Asuntos Jurídicos, en su respuesta, señala que la... https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=3816.3 [01:04:10] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón Consulta exige algo más que la mera cita, descripción, referencia a las disposiciones legales. Inclusive, digamos, está asumiendo que responder la consulta presentada por el ciudadano implica fijar criterios. De hecho, lo dice de alguna manera la propia Dirección de Asuntos Jurídicos. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=3850.29 [01:04:38] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón Entonces digamos habría que... https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=3878.94 [01:04:45] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón Que tomar eso en cuenta, ¿verdad? Porque el actor está presentando un recurso en relación con la propuesta que recibe. Y es la propia dirección de asuntos jurídicos la que asume la posición de advertir que realmente su consulta va dirigida a aspectos que trascienden la mera descripción, cita o referencia de las disposiciones jurídicas. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=3885.1 [01:05:13] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón Pero bueno, la respuesta que luego le da tiene que ver con fijar exclusivamente una descripción, relación de las cuestiones normativas. Ahora, si entiendo bien... https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=3913.03 [01:05:34] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón No sé si las consideraciones que expone la magistrada Valle serían las mismas que expuso el magistrado Batis, porque de la intervención de la magistrada Valle me queda claro de qué aspectos argumentativos se separan, que es de este análisis. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=3934.47 [01:05:56] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón En donde se hace la diferencia entre petición, consulta y cuando efectivamente el Consejo General tiene la obligación de fijar criterios y responder a consultas de sujetos regulados. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=3956.68 [01:06:10] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón Y que no es el caso de este ciudadano. Sin embargo, sí quisiera consultar para efectos quizá de generar un consenso respecto de cuáles son las consideraciones que deben plasmarse en el proyecto o en la resolución, dado que entiendo el sentido de los posicionamientos es el mismo de la propuesta, que es confirmar por qué dada la... https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=3970.5 [01:06:39] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón La consulta, digamos los términos en que fue atendida es suficiente para efectos del derecho a petición de un ciudadano. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=3999.22 [01:06:54] Magistrada Claudia Valle Aguilasocho Muchas gracias, presidente. No, magistrado Reyes, con esa primera parte de la diferencia entre consulta y competencias con el que sí estoy de acuerdo. En la parte en la que yo me separo es cuando el proyecto, más allá de que pudiera ser una motivación de lo que contesta la Dirección Ejecutiva de Asuntos Jurídicos, el proyecto sostiene que en la parte consultante, además, adicionalmente, https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=4014.89 [01:07:24] Magistrada Claudia Valle Aguilasocho Tiene que colocarse en una situación particular o individualizada respecto de lo que es materia de la consulta. Digámoslo así, parecería que estamos requiriendo o exigiendo o planteando como criterio que la consulta solo la puede hacer un ente. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=4044.24 [01:07:46] Magistrada Claudia Valle Aguilasocho A quien le vaya a afectar de manera directa, por eso yo me refería a que implícitamente sugiere su proyecto que el solicitante debe tener una suerte de legitimación o de interés jurídico respecto de la norma cuestionada. Y en esa parte es donde juzgo que si esa es la tesis segunda del proyecto, además de discernir la competencia del Consejo General o una de las direcciones ejecutivas, https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=4066.7 [01:08:14] Magistrada Claudia Valle Aguilasocho Yo me separaría porque la consulta desde mi perspectiva al dar o tener por objeto erradicar cualquier incertidumbre o falta de certeza de la forma en que se va a interpretar una norma y tratarse de cuestiones de orden público no puede exigirle al consultante ser un sujeto destinatario individualizado de la norma o de la materia consultada. Esa es la parte en la que yo me separo. Muchas gracias. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=4094.15 [01:08:43] Voz 2 Gracias, magistrada Valle. Si hubiera alguna intervención adicional sobre el mismo de los asuntos, alguno de los subsecuentes asuntos, magistrado, magistrada Claudia Valle Águilas Ocho, por favor. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=4123.08 [01:09:01] Magistrada Claudia Valle Aguilasocho Iba a decir con una disculpa por las intervenciones, pero no las... ...concibio que en estas propuestas hay una serie de temáticas y delitis que imponen los posicionamientos. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=4141.29 [01:09:25] Magistrada Claudia Valle Aguilasocho Sin duda, yo anunciaría como intervención, dejando a un lado mi intervención en un asunto por lo más relevante del reconocimiento al proyecto del recurso de reconsideración 295 de este año, anunciaría que la intervención que quiero anunciar sería en el recurso de reconsideración 302 y sus acumulados en el asunto 7 de la lista y última del día. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=4165.67 [01:09:54] Voz 2 Me espero si hay intervenciones previas en el diverso asunto, presidente. Si alguna de las magistraturas quisiera referirse al recurso de reconsideración 295, les consulto. Magistrada Valle Aguilas Ocho, por favor, refiere a usted al recurso de reconsideración 302 anunciado. Adelante. Muchísimas gracias con la venia del pleno. En este caso, en el recurso de reconsideración 302, https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=4194.76 [01:10:25] Magistrada Claudia Valle Aguilasocho Y sus acumulados son un asunto por demás interesante. Quiero fijar postura y centrarme en el tema de fondo que estimo absolutamente relevante. Lo que aquí se discute no es particularmente quién debe ocupar cargos de dirección de un partido político, en este caso un partido político local. Existe desde mi perspectiva una pregunta de mayor alcance. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=4225.34 [01:10:54] Magistrada Claudia Valle Aguilasocho Y esta es, ¿en qué tiempo y bajo qué condiciones puede cuestionarse la integración de un órgano de justicia interna de un partido? ¿Puede válidamente o no hacerse cuando se impugnen las resoluciones que ese órgano dictó? ¿Cuando su designación no se cuestionó en el momento en que se integró? ¿O con motivo de esas resoluciones cuestionarse la integración de este órgano? https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=4254.92 [01:11:22] Magistrada Claudia Valle Aguilasocho Este para mí es un tema que pone en tensión valores que la Constitución protege por igual. Me refiero a la autoorganización y la autodeterminación de los partidos, a quienes se les reconoce un espacio propio para darse reglas y constituir sus órganos, espacio en el que esta autoridad, por disposición de la Constitución, tiene intervención de manera mínima. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=4282.51 [01:11:48] Magistrada Claudia Valle Aguilasocho Por otro lado, también lleva a analizar el derecho de la militancia a un debido proceso y a que sus controversias las resuelvan órganos debidamente integrados. De frente a ambos, la certeza en un doble sentido, esto es, que las decisiones de los órganos partidistas no queden indefinidamente sujetas a revisión, como tampoco queden indefinidamente sujetas a revisión en su propia conformación. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=4308.53 [01:12:15] Magistrada Claudia Valle Aguilasocho Un tema así, o estos temas, desde esta sala estamos obligados a plantearnos todas estas preguntas con las que inicio mi intervención, las cuales no tienen una respuesta única y no la tienen en ninguna de las decisiones que se revisan en esta cadena impugnativa. La primera pregunta es de oportunidad. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=4335.09 [01:12:41] Magistrada Claudia Valle Aguilasocho ¿Un vicio en la integración de un órgano interno debe entenderse con sentido si no se impugnó en tiempo o si es de tal gravedad puede revisarse con posterioridad? La segunda pregunta vea límites. ¿Hasta dónde revisa la autoridad electoral la vida interna de un partido político? Me refiero a la autoridad electoral. ¿Hasta dónde puede revisar la autoridad electoral local, regional? https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=4361.39 [01:13:10] Magistrada Claudia Valle Aguilasocho Y nacional, la vida interna de un partido político, ¿y hasta dónde debe respetar que sean sus propios órganos, los órganos de dirección del propio partido político, quienes vigilen la integración de sus órganos, en este caso, de justicia interna? La tercera pregunta ve a los efectos. Si se concluyera que un órgano partidista estuvo mal integrado, https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=4390.33 [01:13:41] Magistrada Claudia Valle Aguilasocho ¿Deberá desconocerse todo lo actuado por ese órgano cuando tiene meses integrado y funcionando? ¿Deberá subsistir o no sus actos para preservar la seguridad jurídica de los mismos y los efectos producidos por ellos? Es relevante destacar que esta Sala Superior conoce de este asunto en una vía extraordinaria. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=4421.36 [01:14:06] Magistrada Claudia Valle Aguilasocho En la que le corresponde fijar un estándar más allá de resolver el conflicto interno del partido. Lo que resolvamos permitirá fijar un precedente necesario e importante sobre cuándo y cómo puede la justicia electoral revisar la constitución de órganos internos de partidos políticos. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=4446.86 [01:14:27] Magistrada Claudia Valle Aguilasocho Es en el fondo la pregunta de cómo se concilia o se puede conciliar el respeto a la vida interna de los partidos con el principio de certeza y el principio del debido proceso que esa misma vida interna reclama. Todas estas interrogantes me llevan a compartir que estos recursos extraordinarios de revisión son procedentes. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=4467.56 [01:14:50] Magistrada Claudia Valle Aguilasocho Estamos en presencia de asuntos que cumplen con los parámetros de especial relevancia y trascendencia ante la materialidad de lo que se define o que se justifica la necesidad de que se establezcan parámetros objetivos, reitero, de cuándo es oportuno cuestionar la conformación de los órganos de justicia partidarios a partir de la validez de sus actuaciones y resoluciones, porque es así como en la litis se está cuestionando su integración a partir de la validez de actuaciones y resoluciones. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=4490.38 [01:15:18] Magistrada Claudia Valle Aguilasocho Y los efectos que esto puede tener en determinaciones pasadas. Los recursos de reconsideración planteados no se ciñen en consecuencia a aspectos de solo legalidad. Le imponen a esta Sala Superior delimitar el régimen de actuación de los órganos jurisdiccionales electorales cuando examinen la legitimidad de los órganos de justicia partidista, siempre que la controversia se vincule con las decisiones que se suman en el ejercicio propio de las funciones. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=4518.2 [01:15:49] Magistrada Claudia Valle Aguilasocho Es lo que considero respecto a la procedencia del recurso de reconsideración en estado. En cuanto al fondo, coincido con la propuesta, pero me aparto respetuosamente de algunas consideraciones. Desde mi perspectiva jurídica, la sala regional responsable no podía sostener la invalidez de la integración del órgano de justicia partidista, como tampoco privar de eficacia las resoluciones que éste emitió. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=4549.2 [01:16:16] Magistrada Claudia Valle Aguilasocho Porque eso implicó reabrir el examen de un acto firme, lo cual es contrario a los principios de certeza y de seguridad jurídica previstos en la Constitución Federal. El sistema de medios de impugnación descansa en los principios de definitividad y de seguridad jurídica. Desde mi óptica, no es jurídicamente viable sostener la invalidez del órgano de justicia interno de un partido en presuntas irregularidades de su integración. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=4576.78 [01:16:46] Magistrada Claudia Valle Aguilasocho Cuando éstas no fueron controvertidas dentro de los plazos legales previstos para ello y cuando su impugnación se dio en el marco de la revisión de una controversia que se vinculaba única y exclusivamente con actuaciones de un órgano de dirección del partido y de las determinaciones que emitió. Considero relevante recordar que la Constitución Federal reconoce a los partidos políticos un amplio ámbito de autodeterminación y de autodeterminación. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=4606.13 [01:17:13] Magistrada Claudia Valle Aguilasocho Autodeterminación y autoorganización, perdón, para definir tanto su estructura y con ello la integración de sus órganos para manejar su vida interna conforme a sus normas estatutarias. Esto es, los partidos políticos en el orden interno tienen garantizado un sistema a partir del cual la propia integración de sus órganos puede ser revisada. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=4633.96 [01:17:40] Magistrada Claudia Valle Aguilasocho Un sistema a partir del cual el exceso de facultades o atribuciones no solamente puede ser revisado en sede judicial, sino que puede dar lugar también a una revisión de responsabilidades en el orden disciplinario interno del partido político. Si tenemos en cuenta la forma en que se garantiza en este entramado interno de normas de los partidos políticos que estas actuaciones https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=4660.75 [01:18:08] Magistrada Claudia Valle Aguilasocho Que hoy son materia de una decisión de fondo en las instancias previas. No se impugnaron en tiempo y que están siendo revividas y analizadas habiendo quedado firmes. Sin duda, este es un caso en el cual se exige que tomemos... https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=4688.3 [01:18:29] Magistrada Claudia Valle Aguilasocho Una decisión de fondo se exige que las decisiones que se adopten en el ámbito interno de los partidos políticos y las decisiones que se tomen por órganos integrados y que han quedado firmes tengan certeza y estabilidad, de manera que una vez que adquieren firmeza no puedan desconocerse de forma indirecta con motivo de ninguna otra controversia distinta. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=4709.3 [01:18:53] Magistrada Claudia Valle Aguilasocho Conforme a estos parámetros, el análisis sobre la regularidad de la integración de un órgano de justicia partidario, desde mi perspectiva, debe realizarse, por regla general, solo al impugnarse el acto mediante el cual fue constituido, nunca con motivo de la revisión de resoluciones posteriores que emite. Esta es la razón central que estimo suficiente para revocar la sentencia impugnada. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=4733.53 [01:19:19] Magistrada Claudia Valle Aguilasocho Introduce otras consideraciones respecto de un conflicto interno y otra suerte de cuestiones que desde mi perspectiva no son siquiera necesarias abordar. Me quedaría solo con el aspecto de revisión jurídica de la definitividad de la integración del órgano de justicia. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=4759.34 [01:19:43] Magistrada Claudia Valle Aguilasocho Con la validez de las resoluciones tomadas por un órgano de justicia debidamente conformado y no impugnado y por lo tanto con la certeza jurídica que deben tener esas decisiones respecto de las diversas consideraciones no las compartiría y esa sería mi postura en cuanto a este proyecto de decisión. Muchísimas gracias. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=4783.2 [01:20:10] Magistrada Claudia Valle Aguilasocho A usted, magistrada Valle, si sobre el séptimo de los asuntos de la cuenta existe alguna intervención adicional. En su caso, secretario, procede a usted tomar cuenta de la votación. Sí, presidente. Magistrada Mónica, analizo tu fregoso. Gracias, secretario. Yo estoy en el JDC 368. Estoy respetuosamente en contra del sentido. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=4810.42 [01:20:41] Magistrada Claudia Valle Aguilasocho En el RAP 153 estoy en contra por las consideraciones. En el REC 295 estoy a favor. Y en el REC 302 y 306 en contra de la procedencia. Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón. No, por favor. Magistrada Claudia Valleguilas Ocho. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=4841.59 [01:21:27] Magistrada Claudia Valle Aguilasocho Gracias, secretario. En el primer asunto de la cuenta, me refiero al juicio ciudadano 368, emito voto en contra. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=4887.67 [01:21:36] Magistrada Claudia Valle Aguilasocho En el recurso de apelación 153 estoy a favor del sentido, pero por diversas consideraciones, lo que da lugar a un voto con concurrencia. En el recurso de reconsideración 295 emito voto a pago y en el diverso recurso de reconsideración 302 hizo acumulado. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=4896.65 [01:22:00] Magistrada Claudia Valle Aguilasocho Estoy a favor de la procedencia y con un voto concurrente respecto del fondo, apartándome entre los términos de intervención de ciertas consideraciones. Gracias. Usted, magistrado. Usted, magistrado presidente Batis. Gracias, secretario. Anuncio un voto en concordancia con la propuesta realizada. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=4920.51 [01:22:44] Voz 2 Y en términos de lo propuesto en el REC 295, a favor. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=4964.42 [01:22:57] Voz 3 Maestro presidente, me permito informarle que por lo que hace al recurso de reconsideración 295 de este año, el mismo ha sido aprobado. Asimismo, por lo que respecta al juicio de la ciudadanía 368 de este año, el mismo ha sido rechazado y por lo que hace al recurso de apelación 153 de este año y al recurso de reconsideración 302 de este año. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=4977.96 [01:23:28] Voz 3 Y su acumulado, conforme a sus intervenciones y derivado de la votación, procedería un engrose por consideraciones, como también procede el engrose en el ya mencionado juicio de la ciudadanía 368 de este año. Muy bien, muchas gracias, secretario. Y en consecuencia, en el juicio de la ciudadanía 368… Presidente, perdón que lo interrumpa, le informo a quiénes procederían los engroses. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=5008.7 [01:24:00] Voz 3 Por favor, si me hace usted el favor, secretario. Por lo que hace el juicio de la ciudadanía 368, correspondería a la magistrada Mónica Nariz Soto Fregoso, por lo que hace el recurso de apelación 153, a la magistrada Claudia Valle y las 8, y por lo que hace el recurso de consideración 302 y su relacionado, a usted, magistrado presidente. Gracias, secretario. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=5040.41 [01:24:26] Voz 2 En ese sentido, en el juicio de la ciudadanía 368 de este año se resuelve. Primero, se sobreseve parcialmente el juicio. Segundo, se confirma el acto impugnado en términos de la sentencia. Por lo que hace el recurso de apelación 153 de esta anualidad, se resuelve único, se confirma el oficio impugnado en términos de la ejecutoria. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=5066.67 [01:24:48] Voz 2 En el recurso de reconsideración 295 de esta anualidad se resuelve. Único se confirma la sentencia impugnada. Y por lo que hace el recurso de reconsideración 302 y 306, ambos de esta anualidad, se resuelve. Primero, se acumulan los recursos. Segundo, se revoca en lo que fue materia de análisis la resolución controvertida. Y tercero, se vincula al tribunal en los términos locales, en los términos del ejecutor. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=5088.23 [01:25:15] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón Magistrado Reyes Rodríguez, nombrado. Gracias. Para anunciar en el JEC 368 un voto particular en contra del engrose. Y no me queda claro cuáles serían las consideraciones del RAP 153. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=5115.59 [01:25:38] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón Porque ustedes puso unas, magistrado Batis, la magistrada Valle otras, y la magistrada Soto también se separó de las consideraciones del proyecto, pero sin desarrollar cuáles serían. Entonces, si hay un engrose, ¿con qué consideraciones son lo que va a sostener el proyecto? Para yo saber básicamente qué tipo de voto tengo. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=5138.76 [01:26:08] Voz 2 Por lo que hace al proyecto 153 tuvimos la manifestación de las consideraciones, su servidor y la magistrada Claudia Valle Aguilas Ocho. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=5168.53 [01:26:17] Voz 2 Y le correspondería a la magistrada Valle Águila Socho integrar las mismas en términos de mi intervención y la propia. Entiendo que en el momento que se ponga a consideración este propio engrose, será la magistrada Soto la quien determinará el sentido de su concurrencia en las mismas. Por lo que está expedito su derecho a efecto de que pudiera usted manifestar la votación en este caso particular, magistrado Reyes. Por favor. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=5177.78 [01:26:47] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón Sí, es que en mi intervención segunda justamente le preguntaba a la magistrada Valle si coincidía con las de usted. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=5207.43 [01:26:55] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón Y de qué parte se separaba para saber si podía hacer una modificación. Pero no quedó claro si coincidía con la de usted. Por eso la pregunta que estoy haciendo ahorita, pero entiendo que se definirá en un engrose de consideraciones los criterios o las razones jurídicas. Y en ese momento yo presentaría... https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=5215.86 [01:27:23] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón También algo así como un voto concurrente, ¿verdad? En el RAP 153. En el REC 302 y 306 entiendo que será procedente. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=5243.53 [01:27:38] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón Y que la resolución en consideraciones se modifica en términos de lo expuesto por la magistrada Valle. Entonces, ahí también presentaría yo mi proyecto como un concurrente. Se toman las votaciones concurrentes manifestadas por usted, magistrado Reyes Rodríguez Mondragón, en los asuntos puestos a nuestra consideración. Pasamos ahora a la cuenta de los asuntos. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=5258.19 [01:28:07] Voz 2 Hechos a consideración de este pleno por la magistrada Mónica Alizoto Fregoso, por lo que solicito al secretario general de acuerdos que nos otorgue la cuenta correspondiente. Adelante, secretario. Entendida, presidente. En primer lugar, doy cuenta con el proyecto de sentencia del juicio de la ciudadanía 375 de este año, promovido por una ciudadana en contra de la determinación emitida por la Comisión Revisora. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=5287.54 [01:28:31] Voz 3 Durante la diligencia virtual de revisión del ensayo de la promovente en el proceso de selección y designación de la presidencia del Ople del Estado de Coahuila. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=5311.49 [01:28:41] Voz 3 En el proyecto se confirma la determinación controvertida, al considerarse infundados los agravios, dado que la autoridad responsable sí especificó las razones o motivos para sustentar su resolución, en tanto que expuso los parámetros de evaluación establecidos en los lineamientos respectivos, con el objeto de que la actora conociera en qué medida cumplió o no con los mismos. Además, se le informó de los errores o deficiencias de su ensayo, desestimándose los restantes disensos en los términos de la consulta. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=5321.16 [01:29:10] Voz 3 Finalmente, doy cuenta con el proyecto de sentencia del juicio de la ciudadanía 435 de este año, presentado por una persona participante del concurso público 2026 para el ingreso a cargos y puestos del Servicio Profesional Electoral Nacional del sistema del INE, para cuestionar la determinación de la dirección ejecutiva del ESPEN, que confirmó su calificación no aprobatoria obtenida en examen presencial. En la consulta se propone confirmar la determinación impugnada. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=5350.03 [01:29:39] Voz 2 Esencialmente, porque de las constancias que cobran en autos, se advierte que sí se hizo una reposición del tiempo utilizado para el desanojo del aula del examen por una alarma sísmica, a un lado a que hubo personas que obtuvieron calificaciones aprobatorias a pesar de ese incidente y se desestiman los agravios restantes conforme se precisa en la consulta. Es la cuenta, presidente. Amable secretario, magistrado, les consulto si sobre los asuntos de la cuenta existe intervención alguna. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=5379.27 [01:30:09] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón Si no la subiera, secretario, tome usted nota de la votación. Sí, presidente. Magistrada Mónica Alizoto Fregoso. Con mis propuestas. Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón. A favor de los proyectos, precisando que en el juicio de la ciudadanía 435 lo acompañaré con un voto razonable. Magistrada Claudia Valleguilas Ocho. A favor de ambas propuestas. Usted, magistrado presidente Batis. Con las propuestas en sus términos. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=5409.35 [01:30:48] Voz 2 Magistrado presidente, le informo que los asuntos han sido aprobados con la precisión de que en el juicio de la ciudadanía 435 de este año, el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón anuncia la emisión de un voto razonado. Gracias, secretario. Y por ello, en el juicio de la ciudadanía 375 de esta anualidad se resuelve. Único se confirma el acto impugnado. En el juicio de la ciudadanía 435 de esta anualidad se resuelve. Único se confirma la determinación impugnada. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=5448.4 [01:31:18] Voz 2 Secretario General, pasaremos ahora a la cuenta de los proyectos en los que se propone la improcedencia de los mismos, precisando que los asuntos puestos a consideración por el magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera los hago propios para efectos de resolución de estos. Por favor, secretario, tiene usted la voz. Sí, presidente. Doy cuenta de 11 proyectos de sentencia todos este año en los cuales se propone la improcedencia del medio de impugnación. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=5478.03 [01:31:46] Voz 3 En el juicio de la ciudadanía 369, los efectos jurídicos pretendidos son inviables. En el juicio de la ciudadanía 431 y recursos de reconsideración 317, las demandas carecen de firma autógrafa o electrónica. En el juicio de la ciudadanía 432 y recursos de reconsideración 316, la presentación de las demandas fue extemporánea. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=5506.25 [01:32:13] Voz 2 En los recursos de reconsideración 312, 313, 315 y 318 a 320 no se actualiza el requisito especial de procedencia. Es la cuenta, presidente. Gracias, secretario. Están en nuestra consideración los proyectos de la cuenta, magistrado, y les consulto si sobre estos existe alguna precisión. Si no las hubiera, secretario, procede usted a tomar cuenta de la votación. Sí, presidente. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=5533.27 [01:32:44] Voz 3 Magistrada Mónica Lalizo Tufregoso. A favor de todas las incrocedencias. Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón. A favor, solamente quiero precisar, si el J.S. 369-2026 se retiró. Sí, secretario, ¿se retiró el J.S. 369? El asunto retirado, magistrado, es el juicio de la ciudadanía 429. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=5564.94 [01:33:21] Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón Ah, ok. El JS-369 no se retiró. No se retiró. En ese estoy con un voto particular en contra y en el resto a favor. Gracias. A usted, magistrado. Magistrada Claudia Valle, y las ocho. A favor de todas las improcedencias, secretaria, muchas gracias. A usted, magistrada. ¿Usted, magistrado presidente Batis? Con todas las improcedencias. Magistrado presidente, le informo que los asuntos de la cuenta han sido aprobados. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=5601.61 [01:34:04] Voz 2 Gracias, secretario. Y en consecuencia, los proyectos de la cuenta se resuelven en cada caso y procedencia. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=5644.1 [01:34:10] Voz 2 Gracias, magistrados, haberse resuelto los asuntos que integraron el orden del día y siendo las 17 horas con 32 minutos del mismo día del inicio 5 de agosto del año 2026, damos por concluida la presente sesión, no sin antes desearles a todas y todos que pasen una excelente tarde. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=5650.31 [01:34:31] Voz 1 Llegamos al final de esta sesión pública por videoconferencia de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. Las sentencias del Tribunal Electoral son definitivas e inatacables, lo que da certeza y seguridad jurídica a nuestro sistema electoral. Le esperamos, ya lo sabe usted. La próxima. https://electopedia.ruidocero.mx/sesiones/tepjf-2026-08-05-envivo-sesion-publica-de-la-sala-superior-del-tepjf-05-08-2026-kxdtkc#t=5671.83